Glosario de ION

Interés por adelantado

Se dice del monto que se pretende documentar o cobrar con anticipación antes de que transcurra el tiempo en el que se devenga. Tanto en los créditos como en los préstamos y los financiamientos de las entidades que otorgan crédito, no se puede exigir por adelantado el pago de los intereses, se limita únicamente a los períodos vencidos.